SUPREMACIA CONSTITUCIONAL

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Supremacía de la Constitución, todos rigen de está tanto como las leyes ,reglamentos ,decreto o cualquier otro .El que sea contrario o se oponga a ella es inconstitucional o nula , corresponde a los tribunales declarar su invalidez

Poder Judicial tiene el poder de declarar la inconstitucionalidad de las leyes del Congreso o de otras normas de jerarquía inferior a la Constitución, por ejemplo, un decreto, una resolución de un ministro, una ley provincial, etc.

Para ello realiza un cotejo de las disposiciones de la Constitución Nacional con las normas contenidas y, en caso de incompatibilidad, se declara la inconstitucionalidad de la norma, privándola así de efectos jurídicos. Esto se conoce como control de constitucionalidad

El sistema legal argentino ha adoptado un sistema de control de constitucionalidad difuso en el cual todos los jueces —sin importar su jerarquía, si son federales, nacionales o provinciales— pueden realizar el control de constitucionalidad.

La declaración de inconstitucionalidad no tiene efecto para todos —también llamado efecto erga hommes— sino que únicamente se aplica a las partes que intervinieron en el juicio, salvo en circunstancias excepcionales y que están en juego derechos de incidencia colectiva. De allí, que jueces o tribunales de distinta o igual jerarquía pueden declarar, al mismo tiempo, que una ley es constitucional o inconstitucional. A fin de uniformar la jurisprudencia, cumple un rol muy importante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El control de constitucionalidad reconoce su origen en el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos en la causa Marbury c. Madisson. El conocimiento de los antecedentes y el contexto en el cual fue dictado ese fallo, nos servirá para comprender los antecedentes y las razones que llevaron a la Corte Suprema argentina a establecer el control de constitucionalidad en nuestro país.

Tipos de control:

Difuso: controla el poder judicial, esto quiere decir q cualquier juez la puede decretar si es constitución o inscontitucional.

Momento de ejercer: que va a empezar a plantearce a partir q ese hecho o admisión vulnera mí derecho.

Alcance q tiene: tiene efecto solo par el caso q esta siendo juzgado.

La Constitución rige y ilumina lo q está debajo de ella.

Marbury c. Madisson

En EE.UU, Adams (el presidente)realiza 42 nombramientos de paz ,esto un día antes a la toma de posición de presidencia de Jefferson. Entre esto nombramientos se encontraba el de Marbury ,q Madison secretario de estado se negaba a entregar ,ante esto el actor(Marbury) inicia una demanda contra Madison pidiendo un "mandamus" para q el gobierno se viera obligado a entregar el nombramiento

Basándose en la sección 13 del acta judicial q acordaba a la CS competencia originaria para expedir el mandamus.

La CN de EE.UU establece en su art 3 ,la competencia de la Corte solo por apelación ,salvo determinado casos e,entre ellos no se encontraba el mandamus,por lo q rechazo la demanda ,la CS no poseía competencia originaria.

Trajo conflicto entre la CN y el acta Judicial sección 13 rango inferior,Marshal resolvió declarar inconstitucional el acta Judicial por considerar q ampliaba la competencia de está CS y contraria a la constitución. Así se afirma el principio de supremacía y se consagra al poder judicial q ejerza el control de constitucionalidad.

Y establece lo siguiente:

1) La constitución representa la ley suprema de una nación q limita los poderes .

2)Una ley creada por el congreso contraria a la constitución es nula y no puede obligar a los tribunales a obedecer .

3) La obligación del poder judicial es hacer valer la ley y proteger los tribunales.

4)En casos donde la ley ordinaria del poder legislativo y la constitución apelables ,deben considerar q la constitución es superior a cualquier ley.

Caso Sojo

Se trata de q Sojo dueño del periódico Don Quijote hace una publicación en donde insulta al gobierno.

La cámara resuelve poner en prisión a Sojo.

Sojo interpuso el Habeas Corpus ante la Corte Suprema ,en virtud a la competencia q le otorgaba al alto tribunal el art 20 de la ley 48.

En resolución al problema la CS no tiene jurisdicción originaria para reconocer en recurso de Habeas Corpus interpuesto por particularidades salvo q el individuo arrestado sea embajador, ministro o cónsul o el decreto allá sido por apelación,además la citada ley no crea nuevo caso de jurisdicción , originario ,ni se puede ir más allá de casos q cita la constitución.

El caso marbury y Sojo se parecen por q se refiere a competencia originaria de la Corte .

Palladium:se refiere a q la constitución es la q reza por las libertades y la ley suprema q deben ajustarse las demás .

Caso Elortondo

Las fincas debían ser expropiadas para la avenida de Mayo entre ellas se encontraba la de SR Elortondo que una parte de la propiedad estaba fuera de la traza de la avenida pero la municipalidad quería todo el terreno. Elortondo se opuso a la expropiación en su totalidad del terreno

Debido a esto inicia un demanda.

La ley 31.864 q citaba la municipalidad para la expropiación a sus arts 5 y 6 de la dicha ley es contradictoria a la constitución por los art 17 ,la propiedad es inviolable,puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada ley,la expropiación x utilidad publica debe ser calificada por ley , y el art 28 ,q los principios,garantías y derechos reconocidos en la artículos anteriores no podrán ser alterados por las leyes q reglamenten su ejercicio.Por ellos la ducha ley es contradictoria y no puede ser tomada en el presente caso.

Caso Rodríguez Pereira:

El actor inicio una demanda de reclamos de daños y perjuicios contra el ejercito argentino por las lecciones sufridas durante su servicio .Si bien durante su servicio el soldado sufría un accidente q le producía una incapacidad de trabajar en la vida civil inferior al 66% ,el art 76 inc 3 c) ley 19.101 la ley de indemnización no puede acceder no puede acceder a 35 haberes mensuales del grado de cabo a cabo segundo. En su demanda el actor han solicitado la aplicación de la indemnización del código civil ,pero no había realizado ningún planteo de inconstitucionalidad de la ley 19.101.

Para decidir la Corte considero que en conclusión la adecuada protección del derecho a la vida y la integridad psicofísica de las personas exige q se confiera el principio alterum non lardere(deber de no dañar a nadie) toda amplitud q está merita en la medida q impliquen alterar los derechos reconocidos por la CN art 28.

Resolvió declarar admisible el recurso y la inconstitucionalidad en el caso el art 73 inc 3 .

PRINCIPIOS DE DERECHOS HUMANOS Y DC CONSTITUCIONALWhere stories live. Discover now