¿Reimplantar la Pena de Muerte en Bolivia?

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La semana pasada, se puso en discusión nuevamente la posibilidad de reimplantar la pena de muerte en Bolivia. Inclusive, se organizó una marcha para exigir “pena de muerte para los asesinos, violadores y cogoteros…” y así lograr su consideración a través de las autoridades de gobierno. Esta protesta, se desató tras el asesinato de Verónica Peñasco y su hermano Víctor Hugo, que trabajaban en estaciones de radio y cuyos cuerpos fueron encontrados en un camino rural, con señales de haber sido lamentablemente estrangulados.

Ciertamente, -según informó ABC Digital- en el último año, al menos 69 personas fueron estranguladas por delincuentes, ahora denominados “cogoteros”  y que atracan a sus víctimas en vehículos de transporte público falsos. Al respecto, es importante poner de relieve el programa de seguridad vehicular y ciudadana “Pasajero Seguro” que ha puesto en marcha la Alcaldía de La Paz, para contrarrestar de alguna forma el peligro que supone abordar radiotaxi en la ciudad, a cualquier hora del día.

SITUACIÓN NORMATIVA

Ahora bien, en medio de la protesta, el presidente de las juntas de vecinos de El Alto, dijo que “tiene que cambiarse el Código Penal, que es más benevolente con los delincuentes”, agregando que “los cogoteros nos están matando como animales. Han rebasado nuestra paciencia y vamos a estar movilizados…”, advirtiendo con masificar las protestas si el gobierno no garantiza seguridad.

Al respecto, cabe apuntar que el tema, no implica solamente una simple modificación de la Ley Penal, respecto a las sanciones legalmente establecidas, sino que necesariamente supone una reforma constitucional sobre las directrices penales que contiene nuestra Ley Fundamental. Asimismo, se debe tener muy en cuenta también que la policía de la ciudad de El Alto, con 1,2 millones de habitantes aprox., cuenta sólo con una cantidad (aproximada) de 2.000 guardias de seguridad pública, que en este último mes atraparon a 15 delincuentes que integraban cuatro bandas de “cogoteros” (según informa @abcdigital).

Lamentablemente el tema no quedó ahí, sino que inclusive Diputados Nacionales se pronunciaron, bajo el argumento nada sólido de que “a lo único que le temen los delincuentes es a perder la vida…”, sugiriendo que el mismo sea tratado a nivel de la Asamblea Legislativa. Es ahí, que me resulta increíble haber escuchado por parte de algunos de nuestros "representantes nacionales" (sean Diputados o padrastros de la Patria), que debería analizarse la reimplantación de la Pena de Muerte en Bolivia ante la inseguridad ciudadana, cuando la misma Constitución Política del Estado aprobada el año 2009, y que juraron respetar al asumir el cargo, establece expresamente (artículo 15 parágrafo I): “Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte”. Inclusive, posteriormente la Ley de Deslinde Jurisdiccional, que fue aprobada con el objeto de regular los ámbitos de vigencia, dispuestos en la Constitución Política del Estado, entre la jurisdicción indígena originaria campesina y las otras jurisdicciones reconocidas constitucionalmente, así como determinar los mecanismos de coordinación y cooperación entre estas jurisdicciones, en el marco del pluralismo jurídico reconocido constitucionalmente, estableció la prohibición de aplicar la pena de muerte (artículo 6), señalando que: “En estricta aplicación de la Constitución Política del Estado, está terminantemente prohibida la pena de muerte bajo proceso penal en la justicia ordinaria por el delito de asesinato a quien la imponga, la consienta o la ejecute”; todo ello en concordancia con la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, aprobado y ratificado por Bolivia mediante Ley Nº 1430 de 11 de febrero de 1993) que declara expresamente (artículo 4) que “no podrá reimplantarse la pena de muerte en los Estados que la han abolido...”, lo cual se ha efectivizado por vía constitucional, en el caso de Bolivia.

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⏰ Última actualización: Mar 15, 2012 ⏰

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